El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su portal la quinta versión anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y su Anexo 1-A.
Resolución Miscelánea en su regla 13.4, nos señala que a los contribuyentes que sean personas físicas presentar su declaración anual a más tardar el 31 de mayo de 2021. Esto implica una extensión del plazo para entregar la declaración anual de personas físicas equivalente a un mes, cuyo vencimiento era el 30 de abril. Esta regla debe publicarse en la Primera Resolución de Modificaciones para ser oficial.
Las personas físicas tendrán una prórroga de un mes; sin embargo, no se confíen en descuidar la presentación de la declaración, porque corren el riesgo de obtener; multas por no presentar la declaración anual son importantes y pueden llegar hasta los 34 mil pesos. Te decimos qué evitar.
14,230 a 28,490 pesos
Esta multa es por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos estando obligado a ello; por presentarlas fuera del plazo requerido, o por no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas.
1,400 a 34,730 pesos
Esta multa se aplica por cada declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento o por su incumplimiento.
1,400 a 17,370 pesos
Esta multa se aplica si dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se presentó la declaración por la cual se impuso la multa, el contribuyente presenta declaración complementaria de aquélla, declarando contribuciones adicionales.