Preguntas y respuestas sobre los Depósitos en Efectivo

Contribuyente, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) confirmó que los bancos deberán notificarle cada mes si un cuentahabiente ha recibido depósitos en efectivo por arriba de 15,000 pesos, te comparto aclaraciones de la obligación.

1.- ¿Debo estar registrado ante el SAT, para justificar mis depósitos en efectivo?

De acuerdo al CFF, Título I, Capitulo Primero, en el artículo 1º; nos dice, que las personas físicas y las morales, están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas.

2.- ¿Qué se entiende por depósitos en efectivo?

De acuerdo en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) artículo 55 último párrafo; se entiende por depósitos en efectivo, los depósitos en moneda nacional o extranjera que se realicen en cual quiero tipo de cuenta. Así como también las adquisiciones en efectivo de cheque de caja.

3.- ¿Cuánto es el monto que puedo depositar en efectivo?

Regla 3.5.14 de la Miscelánea Fiscal; del artículo 55, fracción IV de la Ley del ISR, las instituciones del sistema financiero que no reciban depósitos en efectivo o cuando los que reciban sean inferiores a los $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) mensuales

4.- ¿Las instituciones financieras deberán de informar al SAT sobre depósitos en efectivo?

 Tratándose de cuyos clientes en el ejercicio, o bien, durante uno o varios meses no reciban depósitos en efectivo que excedan del monto acumulado mensual de $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.), estas deberán informar mediante las formas electrónicas IDE-A “Declaración anual de depósitos en efectivo” o IDEM “Declaración mensual de depósitos en efectivo”, ambas contenidas en el Anexo 1, rubro A, numeral 2, según sea el caso; sin operaciones, por el ejercicio o periodo de que se trate.

5.- ¿Cómo justificar los depósitos superiores $15,000.00 ante el SAT?

A pesar de que las instituciones financieras deben cumplir con este lineamiento, expertos aseguran que no hay razones para preocuparse, ya que los contribuyentes tienen una opción para realizar este movimiento sin necesidad de pagar impuestos. Para lograrlo, los cuentahabientes deben tener un sustento legal para justificar los depósitos mayores a 15 mil pesos mensuales. Es decir, el problema desaparece si se declara el ingreso con los depósitos, pues habrá congruencia fiscal y, con esto, la autoridad no tiene elementos para revisar a la persona. Si la persona desea comprobar los depósitos en efectivo, debe tener a la mano el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI o factura).

Por esta razón, se recomienda a las personas que tienen dudas asesorarse con un contador, el será quien responderá sus dudas o bien les señalará sus obligaciones fiscales.

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