Régimen Asalariados, Obligados a Activar el Buzón Tributario

Mar 4, 2021 Blog, Procedimientos

Con base en el artículo quinto transitorio de la segunda versión anticipada de la 1a. Resolución de Modificaciones a la RMF 2021, incluso los asalariados podrían tener que activar su buzón tributario.

Desde la propuesta de la obligación de la activación del buzón tributario, por parte de los contribuyentes en el régimen de asalariados ha tenido un carácter, excepto para aquellos contribuyentes que en el régimen de asimilados a salarios con ingresos iguales o superiores a los 3 millones de pesos en el ejercicio anterior.

Con base en el artículo quinto transitorio de la segunda versión anticipada de la 1a. Resolución de Modificaciones a la RMF 2021, incluso los asalariados podrían tener que activar su buzón tributario.

Cabe mencionar que lo contenido aquí es con base en un anteproyecto, por lo que todavía no es oficial. Hay que esperar a que se publique la versión definitiva en el Diario Oficial de la Federación:

ContribuyenteFecha límite
  Contribuyentes que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos por concepto de sueldos y salarios iguales o superiores a $3´000,000.00 (tres millones de pesos 00/100 MN)A más tardar el 30 de abril de 2021
Contribuyentes que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos por concepto de sueldos y salarios, así como asimilados a salarios iguales o superiores a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100) e inferiores a $3´000,000.00 (tres millones de pesos 00/100 MN)A más tardar el 31 de diciembre de 2021
Los contribuyentes que hayan obtenido ingresos por concepto de sueldos y salarios, así como de asimilados a salarios en el ejercicio inmediato anterior menores a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 MN)Podrán optar por no habilitar el buzón tributario
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